Gracias a la adopción de normas eficaces para la seguridad de la aviación en Europa, nuestro registro de seguridad se encuentra entre los mejores del mundo. A pesar de que la Unión Europea y sus Estados miembros cooperan con las autoridades de terceros países para mejorar las normas de seguridad en todo el mundo, todavía existen algunas compañías aéreas que no cumplen los requisitos establecidos en materia de seguridad.
Con vistas al refuerzo de la seguridad en Europa, la Comisión Europea ha decidido, en colaboración con las autoridades nacionales de seguridad aérea de los Estados miembros, imponer una prohibición de explotación a las compañías aéreas que no cumplan las normas de seguridad para operar dentro del espacio aéreo europeo.
La primera lista que encontrará a continuación incluye todas las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en Europa. La segunda lista recoge aquellas compañías que son objeto de restricciones de operación.
Estas listas se actualizarán frecuentemente y se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea (http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:182:0004:0024:ES:PDF) , como anexos A y B al Reglamento de la Comisión. Antes de tomar cualquier medida motivada por la información contenida en estas listas, todos los usuarios deben asegurarse de que disponen de la última versión.
Listado de compañías aéreas prohibidas en la UE
Último comunicado de prensa (actualizado el 14/07/2009)
La Comisión actualiza la lista de aerolíneas desterradas del espacio aéreo europeo.
La Comisión Europea aprobó en la tarde de ayer la undécima actualización de la lista comunitaria de compañías aéreas prohibidas en la Unión Europea: se añ aden las aerolíneas de dos nuevos países, pero se levanta la prohibición a cinco compañías aéreas que han mejorado satisfactoriamente sus condiciones de seguridad.
«La seguridad aérea es un ámbito en el que no hay lugar para soluciones intermedias: hemos de permanecer vigilantes y garantizar a los ciudadanos su derecho a volar con toda seguridad a cualquier parte del mundo», afirmó Antonio Tajani, Vicepresidente de la Comisión, para más adelante concluir: « no toleraremos que las compañías aéreas se conformen a normas diferentes dentro y fuera de Europa. Ya es hora de que la comunidad internacional se replantee su política de seguridad e impida volar a cualquier destino a las compañías aéreas poco seguras. Esta lista ha contribuido en gran medida a aumentar la seguridad del cielo europeo. Ahora debemos avanzar gradualmente hacia una estrategia internacional basada en la cooperación entre los distintos países del mundo» .
La nueva lista, que sustituye a la anterior, puede ya consultarse en el sitio web de la Comisión (http://ec.europa.eu/transport/air-ban/ ).
Las principales conclusiones que cabe extraer de esta última actualización de la lista son dos: a) la lista representa un fuerte incentivo para subsanar las deficiencias de seguridad: la retirada de la lista es, en efecto, una posibilidad real si las partes interesadas adoptan medidas correctoras para dar cumplimiento a todas las normas de seguridad pertinentes; b) el concepto de « lista comunitaria » está resultando un instrumento cada vez más preventivo y menos punitivo para la salvaguardia de la seguridad aérea. Ilustran esta situación los numerosos ejemplos en los que la Comunidad ha soslayado con éxito posibles amenazas a la seguridad sin tener que recurrir a la drástica medida de imponer restricciones.
Se ha reconocido a las autoridades de aviación civil indonesias la consecución de importantes mejoras y logros en el ámbito de la seguridad. Desde 2007, año de la imposición de la prohibición, cuatro compañías aéreas (Garuda Indonesia, Airfast Indonesia, Mandala Airlines y Premiair) han podido ser retiradas de la lista al haber velado las autoridades de ese país por el cumplimiento de las normas internacionales de seguridad. La aerolínea tailandesa One Two Go también ha sido eliminada de la lista tras la revocación de su certificado por parte de las autoridades de aviación tailandesas. Se reconocen asimismo los progresos efectuados por la autoridad de aviación civil de Angola y por la compañía aérea TAAG Angola Airlines para subsanar progresivamente las deficiencias en materia de seguridad; cabe reseñar, en ese contexto, que el acuerdo de cooperación y asistencia firmado por las autoridades de aviación civil de Angola y las de Portugal ha permitido a la citada compañía volver a volar a Portugal con determinadas aeronaves y en condiciones muy estrictas.
La actualización pone asimismo de manifiesto el continuo diálogo mantenido con algunos países en cuanto a la seguridad de sus compañías aéreas. Está previsto seguir muy de cerca, ante la patente mejora de sus normas de seguridad, las prestaciones de diversas aerolíneas rusas a las que las autoridades competentes habían impuesto restricciones de explotación.
La actualización supone además un reconocimiento a los esfuerzos desplegados por las autoridades de aviación civil de Indonesia, Gabón, Ucrania y Angola, países que han redoblado su celo en el ejercicio de sus responsabilidades de supervisión con el fin de aumentar la seguridad y de cooperar estrechamente en esa empresa con la Comisión.
Las deficiencias de seguridad detectadas en el sistema de supervisión de las autoridades de aviación de Zambia y Kazakhstan condujeron a la imposición de una prohibición de explotación a todas las compañías aéreas de ambos países, con excepción de la aerolínea kazaja Air Astana, cuyos vuelos a la Comunidad se mantienen estrictamente en el nivel actual bajo rigurosas condiciones.
No obstante lo indicado, todas las compañías aéreas recogidas en esta actualización y en las anteriores siguen siendo objeto de inspecciones en rampa prioritarias en los aeropuertos de la Comunidad con el fin de asegurar su continuado cumplimiento de las normas de seguridad pertinentes .
De tal modo, la lista comunitaria incluye a día de hoy nueve compañías aéreas cuyas operaciones están terminantemente prohibidas en la Unión Europea: Air Koryo, de la República Democrática Popular de Corea (RDPC); Air West, de Sudán; Ariana Afghan Airlines, de Afganistán; Siem Reap Airways International, de Camboya; Silverback Cargo Freighters, de Ruanda; Motor Sich, Ukraine Cargo Airways, Ukrainian Mediterranean Airlines y Volare, de Ucrania; todas las compañías aéreas (246) de doce países: Angola, Benín, la República Democrática del Congo, (RDC), Guinea Ecuatorial, Gabón (con la excepción de tres compañías aéreas que operan bajo determinadas restricciones y condiciones), Indonesia (con excepción de las cuatro aerolíneas retiradas de la lista), Kazajstán (con excepción de una línea aérea que opera bajo determinadas restricciones y condiciones), la República Kirguisa, Liberia, Sierra Leona, Suazilandia y Zambia; siete compañías aéreas que están autorizadas para operar bajo determinadas restricciones y condiciones: TAAG Angola Airlines; Air Astana, de Kazajstán; Gabon Airlines, Afrijet y SN2AG, de Gabón; Air Bangladesh y Air Service Comores.
Las auditorías de seguridad de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) constituyen uno de los pilares y uno de los criterios comunes para la imposición de una prohibición de explotación. El aumento de la cooperación con la OACI en este campo, un factor esencial, fue el tema central de la reunión celebrada el pasado 9 de julio por el Vicepresidente Tajani y el Presidente del Consejo de la OACI, Roberto Kobeh. El informe que se presentará en los próximos meses de este año sobre el funcionamiento de las reglas contendrá también propuestas para otorgar mayor relieve a la dimensión internacional.